Todo lo que debe saber sobre la sustitución del asbesto

En julio de 2019, fue aprobada por el Congreso de la República de Colombia la Ley 1968 que rige la sustitución del asbesto. Textualmente, esta ley establece que “se prohíbe el uso del asbesto en el territorio nacional y se establecen garantías de protección a la salud de los colombianos” como respuesta a un clamor popular ante las evidencias científicas contundentes acerca de la incidencia de este material en la causa de ciertos tipos de cáncer pulmonar que a 2017 había matado en promedio a 500 colombianos cada año.

En este artículo reseñamos algunos aspectos importantes sobre el asbesto, su uso, su incidencia en la salud de los colombianos, procedimientos para su sustitución y materiales que reemplazan el uso de este material en construcciones y edificaciones.

¿Qué es el asbesto?

El asbesto o amianto es el nombre que se le da a un conjunto de seis minerales de origen natural que se encuentran en el medio ambiente. Son básicamente compuestos de silicato (una forma de combinación molecular entre silicio y oxígeno), que por su estructura se desprenden en fibras microscópicas que pueden ser fácilmente digeridas o inhaladas por el ser humano.

Este material de bajo costo cuenta con unas propiedades que permiten aislar de manera efectiva el fuego, el calor, así como resistir la acción de diversos agentes químicos sobre su superficie, y no conduce electricidad. Esto lo hizo ideal como material aislante en industrias como la construcción para la fabricación de tejas y cubiertas, cuyo consumo se popularizó a nivel mundial a partir de la década de 1950.

En Colombia gracias a sus cualidades, pero ante todo su versatilidad, fue el material predominante en la fabricación de tejas para grandes superficies y para viviendas a partir la segunda mitad del siglo XX. Luego de que se empezara a documentar sus efectos nocivos en la salud humana, desde la década del 2000 en la construcción de grandes superficies, este material empezó a ser relevado gradualmente por materiales como el acero y plásticos como el UPVC y el policarbonato. Sin embargo, las cubiertas en asbesto se seguían utilizando para la construcción de viviendas, en especial las de interés social y prioritario (VIS y VIP).

¿Cómo afecta el asbesto la salud humana?

El asbesto desprende fibras microscópicas que pueden ser inhaladas o digeridas por el ser humano. Muchas de ellas son eliminadas por el cuerpo en forma natural a través de excreciones o secreciones; sin embargo, gracias a su estructura física y química, muchas de estas fibras se alojan de manera permanente en los pulmones (en especial en aquellas personas que tenían una exposición permanente a este material: trabajadores de la industria, residentes cercanos a fábricas procesadoras de asbesto, inclusive residentes en viviendas con tejas de asbesto).

La acción del sistema inmunológico del cuerpo humano sobre estas fibras incrustadas en el sistema respiratorio con el tiempo genera un tejido para aislar este material. Eventualmente esta estructura celular evoluciona en una forma de cáncer agresiva llamada mesotelioma que limita la función respiratoria de la persona y finalmente, provoca la muerte.

Cabe aclarar que esta reacción del cuerpo humano se da de forma lenta y gradual, manifestando sus síntomas entre 13 y 20 años después del momento en el que el cuerpo empieza a exponerse en forma constante a este material.

¿En qué productos era utilizado el asbesto?

Principalmente para la producción de tejas y cubiertas, pero también se puede encontrar el asbesto en la fabricación de canales, bajantes, tuberías, tanques de agua y repuestos automotores como empaques, pastillas y bandas para frenos.

¿Cuándo se empezaron a aplicar restricciones legales al uso del asbesto en Colombia?

A medida que empieza a hacerse evidente la incidencia del asbesto en casos de cáncer pulmonar surge la necesidad de legislar para restringir su uso en nuestro país. Esto a pesar de que naciones como Israel, Suecia y Dinamarca habían prohibido la fabricación de productos de este material desde la década de los 80s, y de que la Unión Europea prohibió su fabricación y uso en 2005. En 2007 surgieron en el Congreso de Colombia las primeras iniciativas de prohibición del asbesto bajo la incredulidad de los parlamentarios y el lobby de las empresas fabricantes de productos de asbesto para evitar su restricción.

En forma paralela, en 2006 se admite una acción popular ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para prohibir el uso del asbesto en Colombia. 13 años después, en 2019, se falla a favor de su sustitución en primera instancia, lo cual estableció un precedente judicial, pero estaba lejos de ser una decisión judicial definitiva, ya que el fallo podía ser apelado ante instancias superiores.

Ante la exposición mediática del caso de la periodista Ana Cecilia Niño, quien contrajo cáncer pulmonar asociado a la exposición de asbesto, debido a que su infancia transcurrió en una vivienda muy cercana a un sitio de disposición de residuos de asbesto de una fábrica ubicada en Sibaté, Cundinamarca; diversas fundaciones y organizaciones no gubernamentales como Greenpeace intensifican la presión social y política, logrando que al cierre del periodo legislativo 2018-2019, se apruebe la Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, que prohíbe el uso y comercialización del asbesto en Colombia.

¿Qué aspectos sobre el uso del asbesto reglamenta la Ley 1968 de 2019?

La norma en mención prohíbe a partir del 1 de enero de 2021 la explotación, producción, comercialización, importación, distribución y exportación de cualquier variedad de productos elaborados con asbesto. Así mismo define una política pública para la sustitución del asbesto instalado y un plan de reconversión productiva para las empresas que fabrican productos de asbesto y de adaptación laboral para los trabajadores asociados a la industria, así como el monitoreo a sus condiciones de salud y a los de la población cercana a minas y fábricas de materiales de asbesto.

¿Esto implica que nadie puede comercializar en este momento productos de asbesto?

Así es, y quien lo haga se expone a una sanción establecida en esta ley entre 100 y 5000 salarios mínimos legales vigentes, que puede ser impuesta por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia de Industria y Comercio y la DIAN, sin perjuicio de las acciones penales y disciplinarias a que haya lugar.

¿Cuál es el sustituto ideal del asbesto en la fabricación de tejas y cubiertas?

El mercado dispone de dos alternativas para la sustitución del asbesto en tejas y cubiertas. El acero y las tejas plásticas.

Recordemos que el asbesto era un material utilizado por sus propiedades aislantes del calor y del fuego y por su durabilidad. Así que lo que espera quien desea sustituir este producto, es hacerlo con uno que tenga propiedades similares. Y en este sentido las tejas plásticas (de policarbonato o UPVC) tienen ciertas desventajas:

  • Tienen menor durabilidad. La exposición permanente a la luz solar hace que el material se debilite, por lo que al cabo de unos años una teja plástica se puede romper fácilmente en eventos como granizadas o tránsito de felinos sobre su superficie, generando goteras en la cubierta.
  • Así mismo, la exposición solar deteriora la apariencia estética de la cubierta, haciendo que una teja traslúcida luzca opaca con el paso de los años, y que las cubiertas de plástico de color con el tiempo se decoloren.
  • En caso de incendio, el UPVC es un material inflamable, con el agravante de que durante su combustión se pueden liberar vapores tóxicos.

 

Por otro lado, la industria del acero ha desarrollado productos para cubiertas con alta durabilidad y que controlan el calor, en comparación con las tejas plásticas y de zinc líderes en el mercado, como lo es el recubrimiento galvalume utilizado en nuestra línea de productos Duratecho® Trapezoidal y Ondulada a un precio justo.

Así mismo, Fajobe ofrece a nuestros clientes a través de su línea comercial Cumesa® soluciones de cubiertas para grandes superficies con pintura liquida, con una resistencia superior al paso de los años y a las cuales se les puede incorporar aislantes termoacústicos tales como poliestireno, poliuretano, fibra de vidrio y lana mineral de roca.

Se está hablando de la afectación en la salud por cuenta del asbesto. ¿Acaso no sucede lo mismo con aislantes como la fibra de vidrio y la lana mineral de roca?

No. La Agencia para Sustancias Tóxicas y el Registro de Enfermedades adscrita al Departamento de Salud de los Estados Unidos, ha conceptualizado que estos materiales no tienen el mismo potencial cancerígeno del asbesto. Sus fibras no se absorben en el cuerpo humano como en el caso del amianto, además de que estas se encuentran en menor proporción en superficies con cubiertas con acero termoacústico, ya que están encerradas entre capas de lámina, por lo que su liberación al aire solo es posible si existe una perturbación o ruptura en la cubierta, lo cual tiene poca probabilidad de que suceda si se realiza un adecuado procedimiento de mantenimiento de la cubierta. Consulte más información aquí. 

Para terminar: ¿Existe algún procedimiento para sustituir de manera segura el asbesto en las edificaciones?  

Si. En 2013 el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Sostenible emitió la Guía Técnica para la Gestión Ambiental de Residuos de Asbestos y los productos que los contengan, la cual contiene un conjunto de directrices para el manejo ambiental de estos residuos, minimizando el impacto en las personas que realizan esta operación, la contaminación y la disposición segura de estos residuos. Esta guía puede ser consultada aquí. 

Contáctenos para ayudarlo en el proceso de sustitución de cubiertas haciendo click aquí .



Necesitas una asesoría

Nos apasiona abastecer de acero a los
ferreteros, industriales y constructores de infraestructura publica y privada,
para hacer más productivo nuestro país.